Al fin el Alcalde Juan Dimas
Morón López luego de casi seis meses de gestión perseverante, logró que Chaviña
sea declarado en estado de emergencia mediante DS Nº 057-2015-PCM. Aquí literalmente la parte resolutiva de este
dispositivo legal:
Artículo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia
Declárese el Estado de
Emergencia, por el plazo de sesenta (60) días calendario, en la localidad de Chaviña,
distrito de Chaviña, provincia de Lucanas en el departamento de Ayacucho, para
la ejecución de acciones inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del muy
alto riesgo existente ante Peligro Inminente generado por movimiento en masa,
deslizamientos e inundaciones.
Artículo 2.- Acciones a ejecutar
El Gobierno Regional de Ayacucho,
la Municipalidad provincial de Lucanas, la Municipalidad distrital de Chaviña,
en coordinación con el Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI, y la
participación del Ministerio de Agricultura y Riego Autoridad Nacional del
Agua, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Ministerio de
Vivienda, Construcción y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones
y demás Instituciones públicas y privadas involucradas, en cuanto les
corresponda dentro de sus competencias, ejecutarán las acciones inmediatas y
necesarias destinadas a la reducción del muy alto riesgo existente en la
localidad de Chaviña, acciones que pueden ser modificadas de acuerdo a las
necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su
ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Artículo 3.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura
y Riego, el Ministro de Salud, el Ministro de Educación, el Ministro de
Vivienda, Construcción y Saneamiento y el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Dado en la Casa de Gobierno, en
Lima, a los veintinueve días del mes de agosto del año dos mil quince.
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