martes, 19 de junio de 2012

REVOCATORIA EN MARCHA

El Jurado Nacional de Elecciones mediante Resolución N.° 0561-2012-JNE convocó a consulta popular de revocatoria, entre otros, el mandato de 20 Alcaldes distritales y sus Regidores, en Ayacucho para el día domingo 30 de setiembre de 2012 en las  siguientes circunscripciones: Ayacucho norte: Paras, Ocros, Sacsamarca, Huamanguilla, Canaria, Colca. Provincia Lucanas: Cabana, Leoncio Prado, San Juan, Sancos. Prov. Parinacochas: Pacapausa, San Francisco de Ravacayco, upahuacho. Prov. Paucar del Sarasara: Corculla, Lampa, Marcabamba, Oyolo, San Jose de Ushua, Sarasara. Provincia Sucre: Huacaña,
La revocatoria es el derecho de control que tienen los ciudadanos para destituir de sus cargos a autoridades regionales y municipales, tales como: presidentes, vicepresidentes, consejeros regionales, alcaldes, regidores y jueces de paz que provengan de elección popular.  
En este proceso el Alcalde y sus Regidores serán revocados si cumplen 2 condiciones:   
1.  Que haya asistido a votar por lo menos la mitad (50%) de los electores hábiles que figuran en el padrón electoral (total electores), y  
2. Que la mitad más uno de los votos válidos emitidos estén a favor de revocar a la autoridad. Para este requisito solo se toman en cuenta los votos por las opciones SI y NO. Los votos nulos y en blanco no se consideran como votos válidamente emitidos. 
Si el 30 de setiembre se cumple con las dos condiciones señaladas, ¿Quién reemplaza al Alcalde y los regidores revocados? Sus correspondiente accesitarios, o suplentes en la lista electoral a que pertenece el regidor revocado, hasta que el JNE convoque a nuevas elecciones. En los 20 distritos se busca revocar a más de un 1/3 de miembros del Consejo Municipal, por tanto procede nuevas elecciones.
El promotor de la revocatoria cumple un papel fundamental para que el proceso sea exitoso y puede pedir que le devuelvan el dinero que gastó en dicho procedimiento al amparo de la Ley 26300 que permite que los promotores de la revocatoria puedan pedir el reembolso de los gastos en los que incurrieron durante el procedimiento de revocatoria. Sin embargo, dichos gastos deben estar debidamente probados (recibos, facturas, etc.) y deben estar referidos a la difusión o promoción del proceso de revocatoria, pero no destinados a difundir una de las opciones sobre el proceso (a favor o en contra de la revocatoria).

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